El Gobierno aprobará a principios de 2018 un Plan Estratégico para regular la industria de los drones
Pendientes aún de su publicación en el BOE, el Consejo de Ministros del pasado 15 de diciembre aprobaba un Real Decreto que desarrolla y amplía el marco normativo adoptado inicialmente por la Ley 18/2014 para la realización de actividades con aeronaves pilotadas por control remoto, drones.
Este Real Decreto, según fuentes del Gobierno, “impulsa el crecimiento
de un segmento emergente, íntimamente ligado al desarrollo y a la
innovación tecnológica”.
La aprobación en 2014 de un marco regulador temporal para la realización de actividades con drones “ha
facilitado el desarrollo de este sector emergente”, informaron fuentes
del Gobierno central. Ahora en el primer trimestre del año se espera un
Plan Estratégico más detallado que impulse la industria de este sector.
Para atestiguar este desarrollo, desde el Ejecutivo se apunta que en tres años “se han habilitado en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (Aesa) casi 3.000 operadores, 3.693 pilotos y 4.283 drones,
lo que pone de manifiesto la creciente relevancia de esta nueva
actividad, a la que además también se dedican en España 74 escuelas de
formación y una veintena de fabricantes”.
La norma temporal vigente hasta ahora establecía unos requisitos
mínimos para la operación con este tipo de aeronaves, pero no abarcaba
toda la casuística de potenciales actividades que el sector ha venido
planteando durante todos estos meses.
El RD establece las condiciones que deben cumplir las organizaciones
de diseño, fabricación y mantenimiento de este tipo de aeronaves, así
como los requisitos de formación para su pilotaje, todo ello en términos
equivalentes a los marcos normativos existentes en otros países
europeos.
El Real Decreto aprobado desarrolla el marco normativo adoptado
inicialmente por el Real Decreto Ley 8/2014 para facilitar el avance de
una actividad económica emergente, al tiempo que establece las medidas
necesarias para la realización segura de las operaciones en las que
intervengan estas aeronaves, reza la nota de prensa oficial.
Actualizar una legislación que ya se había quedado desfasada
Para Joaquín Muñoz, socio del área de Tecnologías y
Privacidad de Ontier “El Real decreto aprobado viene a dar respuesta a
la petición del sector que, desde que se aprobase hace tres años la
normativa temporal, ha venido demandando que esta se desarrollase y
deviniera definitiva de cara a cubrir todas las actividades que se
pueden realizar con esta tecnología”.
A su juicio “Algunas actividades para las que parecía evidente que
los drones aportaban una solución económica y sencilla, como son la
grabación de reuniones de personas (en manifestaciones, conciertos,
eventos deportivos, entre otros), el sobrevuelo en las inmediaciones de
edificios (para inspecciones técnicas o con finalidad de seguridad), o
la realización de vuelos nocturnos, no estaban permitidos en el marco de
la anterior normativa y este Real Decreto sí que los permite previo
estudio de seguridad de la operación y autorización previa de AESA,
entre otros requisitos”.
Otra cuestión es que va a “Acreditar la formación del
personal que vaya a manejar los drones, así como los estudios de
seguridad sobre las aeronaves y las actividades que se vayan a llevar a
cabo va a ser la clave en el marco de esta nueva regulación de
cara a poder legitimar los vuelos que se realicen con este tipo de
aeronaves.”
Al mismo tiempo “se espera que durante el primer trimestre de 2018,
esta normativa sea completada con la publicación por el Ministerio de
Fomento con la publicación del ‘Plan Estratégico de Drones’, que especificará los aspectos prácticos y procedimentales que afectan a la normativa”, destaca este abogado
Desde su punto de vista, “No cabe duda de que esta normativa va a
suponer un gran avance para un sector con un potencial enorme y cuyo
avance estaba, de alguna forma, limitado por una normativa
desactualizada respecto del desarrollo tecnológico y que exigía
requisitos y autorizaciones que no respondían a la realidad del uso
potencial de la tecnología”.
“El uso de aeronaves pilotadas por control remoto con garantías
normativas, va a suponerla transformación digital de muchos sectores
-como el militar, agrario, infraestructuras, seguridad, entre otros-
que, con el uso de drones para todo tipo de actividades, conseguirán optimizar recursos y reducir costes en muchos de sus procesos”.
La nueva norma establece los requisitos para que los operadores de
drones puedan desarrollar de forma segura actividades en entornos en los
que hasta ahora no era posible hacerlo: como el sobrevuelo en las
inmediaciones de edificios, reuniones de personas al aire libre y vuelos
nocturnos, aunque para ello será necesario realizar un estudio de
seguridad de la operación y tener una autorización previa de Aesa, entre
otros requisitos.
También se permiten operaciones en espacio aéreo controlado, aunque
en este caso se precisarán requisitos de formación del personal y de los
equipos, así como un estudio aeronáutico de seguridad coordinado con el
proveedor de servicios de tránsito aéreo y la previa autorización de
Aesa.
Asimismo, establece las condiciones que deben cumplir las
organizaciones de diseño, fabricación y mantenimiento de este tipo de
aeronaves, así como los requisitos de formación para su pilotaje, todo
ello en términos equivalentes a los marcos normativos existentes en
otros países europeos.
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